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Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Ebep #6104
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    Irretroactividad de sanciones no favorables:

    Principio establecido en la Constitución y en otras normas del ordenamiento jurídico que prohíbe la aplicación de los efectos de las normas a situaciones o hechos surgidos o acontecidos antes de su entrada en vigor, especialmente si son restrictivas de derechos individuales, no favorables o de carácter sancionador.

    Retroactividad de sanciones favorables:

    La retroactividad de disposiciones sancionadoras o restrictivas de derechos favorables nos está recordando esta idea: sí es posible aplicar retroactivamente infracciones, sanciones y restricciones cuando la sanción a aplicar sea más leve que la que antes existía.

    Resumiendolo: Una norma solo se aplicará a un acto cometido con anterioridad a la misma si le es más favorable que la norma previa existente.

    Si sacan una norma que endurece una sanción existente, o que tipifica como sanción un hecho determinado que antes no lo era, solo se podrá aplicar a los hechos posteriores a la aprobación de esta norma. Pero si se aprueba una ley que rebaja o elimina un delito o acción determinada, se aplicará de forma retroactiva a todos los sancionados antes de la aprobación de esta.

    en respuesta a: tema 32 cardiovascular #6077
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    Vamos a resolver la ultima pregunta:

    Indique cuál es el criterio de electrocardiograma que no está presente en la taquicardia supraventricular paroxística:

    Primero, si leemos las cuatros respuestas, de las cuatro opciones que da dos se contradicen entre si. Por lógica, la respuesta está entre una de ellas ya que si una es correcta, la otra no (y sería lógicamente la respuesta correcta en el examen). En el caso que nos ocupa, la taquicardia supraventricular pasoxística tiene un ritmo regular. La respuesta correcta es la C.

    Evidentemente una taquicardia no es lo mismo que una fibrilación. La fibrilación se caracteriza por complejos QRS irregulares (latidos desorganizados no efectivos) , mientras que en la taquicardia el complejo QRS está bien definido (latido muy rápido).

    Si quieres mas información sobre EKG y como se representan en el las diversas anomalias cardiacas, te recomiendo la página https://www.my-ekg.com/ , mucha información y muy completa.

    en respuesta a: tema 32 cardiovascular #6075
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    Con respecto a la primera pregunta, intuyo que te refieres a Castilla-La Mancha 2018, p77

    Los siguientes marcadores bioquímicos se elevan tras sufrir un infarto agudo de miocardio; ¿cuál de ellos se considera el método de elección para el diagnóstico de necrosis miocárdica?

    La respuesta correcta sería La D: Troponinas cardiacas, por su cardioespecificidad.

    La LDH puede marcar lesion tisular, pero es menos especifica
    La CPK-MB aumenta en el infarto agudo de miocardio, entre 3 y 6 horas después de que aparezca el dolor torácico, pero no determina necrosis miocardica
    La GOT no indica valores cardiacos sino hepáticos.

    De todas formas, como indicas la diapositiva 78, indica que las troponinas son el marcador Principal.

    Siguiente pregunta, p.117: Valencia p78:

    Los electrodos para las derivaciones precordiales (V1 al V6) están colocados directamente sobre el pecho. ¿Qué electrodo precordial se coloca en el 5o espacio intercostal?
    Respuesta correcta: A: LA V4 se coloca en el 5º espacio intercostal izquierdo, linea clavicular media. V5 y V6 estarían también en 5° espacio intercostal izq. pero no aparecen en las respuestas posibles.

    En la siguiente pregunta, país vasco 2022, p55,
    Andoni acude a urgencias refiriendo una clínica de mareos y disminución de la conciencia. Al monitorizar, observamos una FC baja, un intervalo PR constante en donde algunas P ́s conducen y otras no. ¿Qué tipo de bloqueo AV nos encontramos que justifique esta clínica?

    Aquí me centraría en los bloqueos AV de segundo grado (eliminar extremos), siendo el de tipo II mas parecido a la sintomatología de Antoni: la diferencia entre tipo 1 y 2 es que en el 2 tiene intervalos PR constantes antes y después del bloqueo de onda P.

    La ultima pregunta de la respondo a lo largo de la mañana.

    un saludo

    • Esta respuesta fue modificada hace 2 años, 1 mes por admin.
    en respuesta a: Tema urgencias y emergencias #6013
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    Hola Vanesa. En el video de la clase que dio Elena, si avanzas hasta 1H.55min. de video, explica los conceptos de IMV y catástrofes.

    En un IMV los servicios locales no están desbordados. Cuando estos se desbordan, pasa a denominarse “catástrofe”.

    Si los servicios locales pueden hacerse cargo de las víctimas, independientemente del numero de efectivos y víctimas, es IMV. Si están desbordados y necesitan ayuda, es una catástrofe.

    en respuesta a: Enlace o vídeo #5938
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    Gracias por tu respuesta.

    en respuesta a: tema 32 cardiovascular #5782
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    Se lo comento a Eduardo para que pase las respuestas y dejarlas al lado o eventualmetne editar el video con las respuestas.

    en respuesta a: CLASES ONLINE #5774
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    Hola Elvira. Gracias por la sugerencia. La tenemos en cuenta y vamos a aprovechar el parón de Agosto para reorganizar el contenido de la zona privada y mejorar la experiencia de usuario.

    Otro de los cambios que se avecinan es poder ver las clases directamente desde la pagina, como un video de youtube, sin tener que pinchar en ningun enlace.

    Os mantendremos informados.

    en respuesta a: Ebep #5620
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    El EBEP se aplica al personal funcionario. No obstante el propio EBEP establece que el personal laboral al servicio de las Administraciones públicas se rige, además de por la legislación laboral y por las demás normas convencionalmente aplicables, por los preceptos de este Estatuto que así lo dispongan.
    Algunos aspectos del EBEP(que mejoran la legislación laboral) también se aplicaran al pnal. laboral. Qué aspectos?, los que así se establezcan en y por el propio EBEP.

    en respuesta a: Cardiopatias #5574
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    Hola. Perdona que se me había pasado esta pregunta completamente. GN es abreviatura de Gafas Nasales.

    en respuesta a: Tema urgencias y emergencias #5571
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    Hola, Vanessa.

    La punción intraósea está indicada tanto en niños (incluidos neonatos y pretérminos) como en adultos cuando están en shock descompensado (sea cual fuere su etiología, pero sobre todo el hipovolémico y el séptico) y no se puede conseguir una vía venosa en 3-5 min.

    Tanto la AHA 2010 como el ERC 2010 coinciden en la importancia de obtener un acceso vascular para administrar medicación y tomar muestras de sangre. Dado que en niños el acceso venoso periférico (IV) puede ser dificultoso durante una urgencia, al cabo de 3 intentos o tras 1 minuto, se intentará el acceso intraóseo (IO), que suele lograrse con rapidez y mí­nimas complicaciones.

    Los accesos venosos periféricos (IVP) son útiles pero complicados en niños, por lo que no se debe realizar más de 3 intentos.

    Los accesos venosos centrales (IVC) son más seguros a largo plazo, pero requieren entrenamiento y experiencia, por lo que no se recomiendan como acceso inicial.

    En caso de disponer de accesos periféricos y centrales, usaremos preferentemente el acceso central.

    Por tanto, el orden en niños sería IV (3 intentos en 1 minuto), IO, Via central.

    • Esta respuesta fue modificada hace 2 años, 2 meses por admin.
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    en respuesta a: Estatuto de autonomia #5512
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    Una cosa es legislación sobre productos farmacéuticos y otra ordenación farmacéutica (determinar la ratio oficina de farmacia/ habitantes)

    De todas formas, exclusiva del Estado: Sanidad exterior. No hay ninguna exclusiva de la Comunidad Autónoma.

    Si bien el artículo 149 de la constitución establece como competencia esclusiva del estado la Sanidad exterior. Bases y coordinación general de la sanidad. Legislación sobre productos farmacéuticos, si la pregunta de examen fuera la que has expuesto, la respuesta correcta sería la B. Y si preguntaran por competencia exclusiva de la CCAA, la respuesta correcta sería NINGUNA DE LAS ANTERIORES.

    en respuesta a: Estatuto de autonomia #5493
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    Hola. En la Ley General de Sanidad, Articulo 38, en el primer punto se establece que son competencia EXCLUSIVA del Estado la Sanidad Exterior y las relaciones y acuerdos sanitarios internacionales.

    A posteriori, en el articulo 40 se establecen actuaciones que realizará el Estado sin menoscabo de las competencias de las Comunidades Autónomas.

    En los artículos 41 y 42 se desarrollan las competencias Autonómicas y Locales.

    Por lo tanto, en el caso que nos preguntas, competencia exclusivamente Estatal es unica y exclusivamente la sanidad exterior.

    La ley general de sanidad explica en el artículo 41.2 que “Las decisiones y actuaciones públicas previstas en esta Ley que no se hayan reservado expresamente al Estado se entenderán atribuidas a las Comunidades Autónomas.”

    en respuesta a: Constitución Española #5472
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    Intuyo que te refieres a la pregunta:

    Según el contenido constitucional, el derecho a proteger la salud:

    Dando como respuesta correcta: Se encuentra recogido en el capítulo III del Título I de la Constitución.

    Los derechos fundamentales son los que se encuentran recogidos en el Titulo I, Capitulo II, articulos 15 al 29.

    El derecho a proteger la salud es un principio rector de la politica social y economica, Articulo 43 (Titulo I, Capitulo III), por tanto es un derecho, pero NO un derecho fundamental.

    Ese es el truco de la pregunta.

    en respuesta a: Cardiopatias #5415
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    Hola. Si, tanto en la CIV y la CIA se sobrecarga el lado derecho porque hay un paso de sangre desde el lado izquierdo (mas fuerte) al lado derecho.

    La unica diferencia es que en la CIA la apertura es más pequeña que en la CIV, por lo que la sobrecarga va a ser menor, haciendo que la sintomatología sea a su vez menor y puede llegar a pasar desapercibida.

    en respuesta a: Niño sano #5392
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    Buenos dias, Vanessa. La dentición temporal son 20 piezas, la permanente 32.

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