Respuesta a: legislacion

#18234
admin
Superadministrador

Ya lo he encontrado (2:22:00). En este caso, Enrique comete un fallo hablando del primer periodo de sesiones. No es de junio a Septiembre (esto no es ni siquiera un periodo propiamente dicho, ya que de junio a Septiembre no puede haber sesiones ordinarias).

El presidente de la Comunidad de Madrid no podrá acordar la disolución de la Asamblea durante el primer periodo de Sesiones (entre septiembre y diciembre), así como en el resto de casos comentados en el video.

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