Legislacion

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  • #18750
    Silvia Ross Bordoy
    Participante

    Respecto a las excedencias si uno esta de excendecia por cuidado de hijos por ejemplo , puede coger otro puesto o interino en el sectr publico o seria una incompatibilidad ?

    #18752
    admin
    Superadministrador

    La excedencia por cuidados de hijos se concede en orden a atender una situación que tiene que ver con la conciliación. Esa condición se mantiene en cualquier situación o puesto.

    Quien se encuentre en excedencia en el sector público no puede desempeñar puesto en el sector público tanto y cuanto la excedencia se mantenga (salvo que se trate de excedencia por imcompatilidad en la que se desempeña una plaza y en la otra es excedente)

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